
Gracias a una excepción en la base imponible, el Estado recibirá ₡3 menos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la venta de cada cigarrillo, lo que equivale a un total de ₡3.214 millones al año (de acuerdo con los datos de venta de cigarrillos en el país de la última Encuesta Mundial de Tabaquismo en Adultos).
El artículo 12 de la ahora Ley 9635 señala que los impuestos específicos establecidos mediante distintas leyes a varios bienes de consumo formarán parte de la base imponible del IVA. Es decir, antes de hacer el cálculo del IVA, se debe agregar al precio de cada uno de esos productos el monto del impuesto específico.
Curiosamente, el mismo artículo hace únicamente tres excepciones: leche, jabón de tocador y productos de tabaco (en este último caso el impuesto es de ₡24 por cigarrillo, cuyo 13% son ₡3,12).
El abogado especialista en impuestos Carlos Camacho, de Grupo Camacho Internacional, cree que la excepción al tabaco no se justifica: “Es muy curioso que el legislador decidiera excluir el caso particular de la ley que grava a los productos de tabaco, porque es una excepción que no encuentra ninguna lógica desde el punto de vista técnico”.
Grettel Alvarado, asesora fiscal de la Dirección General de Tributación, confirmó a aDiarioCR que no existe un criterio técnico para dicha exclusión: “No podría dar una razón técnica, es más legislativo y más dirigido a política fiscal que una línea técnica”.
Entonces cabe preguntarse cuál sería la razón por la que se decidió excluir del cálculo específicamente el impuesto a los productos de tabaco.
“Solamente puede obedecer a un efecto de lobby puro y duro. La Ley 9028 (Ley de Control del Tabaco) sabemos que tuvo sus oposiciones, especialmente por las compañías tabacaleras, y al quedar excluida de la base imponible alivia el efecto que tuvo el impuesto de consumo a los productos de tabaco”, considera Camacho.
Exclusión vino desde Casa Presidencial
Aunque la Ley 9635 se aprobó en la Asamblea Legislativa el 3 de diciembre del 2018, la excepción del impuesto al tabaco se incluyó desde la presentación del entonces proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (conocido como Plan Fiscal), y se mantuvo en los textos sustitutivos (marzo y agosto de 2018) hasta su aprobación. Durante los 13 meses que el proyecto estuvo en la corriente legislativa, los legisladores nunca modificaron esa parte del artículo 12.
Sin embargo, cabe destacar que el texto correspondiente al IVA incluido en el Plan Fiscal está basado en un proyecto de ley del IVA que había presentado en 2015 el Ejecutivo. En aquel momento el impuesto al tabaco sí formaba parte de la base imponible del IVA (siempre en el artículo 12).
Es decir, la decisión de excluirlo vino con la presentación del Plan Fiscal tres años después con el proyecto de ley 20.580, firmado por el entonces ministro de la Presidencia, Sergio Alfaro, el viceministro de Hacienda, Fernando Rodríguez, y el vicepresidente, Helio Fallas.
Lobby de las tabacaleras
La administración Solís Rivera, y en particular el exministro de la presidencia Sergio Alfaro, ha tenido varios cuestionamientos por la forma en que el lobby influyó en decisiones de Casa Presidencial (por ejemplo, con el caso conocido como “Cementazo”).
A su vez, en distintas ocasiones la Red Nacional Antitabaco (RENATA) había advertido la influencia que podrían tener las tabacaleras en el Gobierno. En particular, la organización cuestionó la presencia de las cámaras empresariales Amcham y UCCAEP en la Comisión Mixta contra el Comercio Ilícito (creada en el Gobierno de Laura Chinchilla), las cuales fueron incluidas durante la administración Solís Rivera.
“Estas organizaciones representan los intereses de la industria tabacalera y su participación en la Comisión contradice los compromisos asumidos por Costa Rica a través de la ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) en 2008 y del Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco en 2016”, manifestó a aDiarioCR la presidenta de RENATA, Teresita Arrieta.
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RENATA dio a conocer que tras una reunión sostenida con el entonces viceministro Rodríguez y la subdirectora de la Policía Fiscal, Melissa Rodríguez, el Gobierno decidió mantener la presencia empresarial en la Comisión.
Otro caso en que se ha mencionado la influencia de las tabacaleras en Casa Presidencial es la renuncia de la exministra de Salud, Giselle Amador, en los primeros meses de esta administración. Amador aseguró en varios medios de comunicación que cuando el presidente Alvarado le pidió la renuncia había tensiones con las tabacaleras.
El conflicto provendría de la firma de una directriz por parte de Amador para prohibir la exhibición de productos de tabaco en puntos de venta, como denunció RENATA e informó aDiarioCR en su momento.
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En enero de este año, Casa Presidencial argumentó que una de las consideraciones para la separación de Amador fue la investigación y posterior detención de su hijo por cultivo de marihuana.
Por el contrario, hace unos días cuando el esposo de la ministra coordinadora del Sector Económico, Edna Camacho, fue detenido por el caso Aldesa, el Gobierno decidió cambiar la línea y mantenerla en el cargo y como representante de Costa Rica ante el BID a partir del 1° de julio.
¿Se podrá corregir la excepción del impuesto al tabaco?
Tanto el abogado Carlos Camacho como la asesora fiscal de Tributación, Grettel Alvarado, coinciden en que la única forma de restablecer el impuesto específico al tabaco en el cálculo del IVA es mediante una ley y por eso la excepción se mantuvo en el Reglamento del IVA publicado la semana anterior. “Eso es reserva de ley, solamente otra modificación a la ley podría cambiarlo”, explicó Alvarado.
Por su parte, Camacho ve complicado el panorama. “Sabemos que es una vía que tiene muy poca probabilidad política. Recordemos que esta ley de Fortalecimiento (de las Finanzas Públicas) es el resultado de un proceso legislativo que lleva 18 años”, señala Camacho y agrega que “enmendar este asunto es algo que debió haber surgido en la discusión cuando era proyecto de ley”.
De esta forma, a partir del 1 de julio cuando entre en vigencia el IVA, no habrá forma de que el Estado recaude esos ₡3.214 millones de colones anuales (₡60 colones por caja de cigarrillos), como sí lo hará con otros impuestos específicos, por ejemplo, el de las bebidas alcohólicas.
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