El Plenario Legislativo aprobó este miércoles por unanimidad, el proyecto de ley 21.793 que reforma 17 artículos de la Ley 8.589 Penalización de la violencia contra las mujeres.
Algunos de los aspectos que modifica son: fines, ámbito de aplicación, maltrato, restricción a la libertad de tránsito, ofensas a la dignidad, restricción a la autodeterminación, amenazas contra la mujer, violación contra una mujer, conductas sexuales abusivas y el concepto de femicidio.
“La iniciativa es muy importante porque viene a hacer una ampliación del femicidio, es decir, no solo incluye a las mujeres lamentablemente asesinadas por sus parejas sean esposos o en unión, sino también a aquellas que terminaron sus vínculos con sus exparejas o también otras formas de relacionamiento de parejas”, comentó la diputada de la bancada oficialista, Nielsen Pérez.
De igual manera indicó: “Este concepto es mucho más amplio, integral y viene a contribuir con hacer justicia a las mujeres, mujeres víctimas de femicidio y a sus familias”.
Por su parte, la diputada liberacionista Aida María Montiel explicó que presentó esta propuesta de ley ante la incertidumbre de la jurisprudencia penal, así como ante el vacío de la ley.
“El proyecto tiene como fin ampliar su ámbito de aplicación y proteger de esta manera, a un mayor número de mujeres víctimas de violencia, de parte de sus novios, exnovios, ex cónyuges y ex convivientes de hecho”, enfatizó Montiel.
Según el último análisis de la Subcomisión interinstitucional de prevención del femicidio -realizado el 17 de febrero pasado-, durante el 2020 hubo 19 femicidios de un total de 61 muertes.
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