La declaración de impuesto al valor agregado del pasado mes de diciembre, tiene una particularidad en comparación con los demás, ya que esta debe abarcar la liquidación anual por el uso de proporcionalidad.
De acuerdo con Marco Vargas, especialista en materia tributaria de la firma Vargas Vargas & Asociados, en esa diferencia recae la importancia de recordar que el miércoles 15 de dinero vence el pazo para presentar esa declaración.
“La proporcionalidad es la determinación del crédito, el cual puede considerarse deducible en función de las ventas gravadas y exentas que se han realizado en el periodo anterior”, explicó Vargas.
Añadió que esta norma se aplica cuando no es posible identificar el destino de la compra realizada a una operadora sujeta o exenta.
La norma vigente obliga también hace que el contribuyente realice un estudio del comportamiento de ventas gravadas y exentas del periodo fiscal, con el fin de lograr el porcentaje correcto de crédito a utilizar en contraposición al estimado que obliga la ley.
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