El Tribunal Contencioso Administrativo del II Circuito Judicial de San José ordenó al Gobierno de la República suspender provisionalmente la exigencia del código QR del certificado de vacunación contra Covid-19 para ingresar a comercios.
La admisión de una medida cautelar provisionalísima ante causa planteada por un grupo de empresarios turísticos fue comunicada a las partes la madrugada de este sábado. La Cámara Nacional de Turismo (Canatur) confirmó la recepción de la admisión.
Varios grupos han planteado recursos de inconstitucionalidad contra la obligatoriedad, medidas cautelares y se ha solicitado al presidente que desista de la medida. Sin embargo, el presidente Carlos Alvarado descartó esta semana retrasar la entrada en vigencia que se tenía previsto iniciara el 8 de enero. La exigencia de código QR y vacunación completa hubiese aplicado para hoteles, sodas, bares y restaurantes, casinos, tiendas, eventos culturales, deportivos y turísticos. Sin embargo, la orden se suspende hasta que el Tribunal resuelva.
Bary Roberts, empresario turístico aseguró que quieren "dejar claro que somos empresarios del sector, pero hablamos en nombre de otros sectores privados".
Por su parte, el presidente de Canatur, Rubén Acón, había asegurado que la puesta en marcha de la obligatoriedad del esquema de vacunación y el código QR amenazaba a miles de trabajadores del sector y afirmó que negocios turísticos experimentaron un 15% de cancelaciones en sus reservaciones por la obligatoriedad del código QR, lo que representó más de ¢1.615 millones en pérdidas.
Sala Constitucional también estudia la obligatoriedad de vacunación
El martes pasado la Sala IV también dio curso a un recurso de amparo presentado por el abogado Arcelio Hernández, quien busca eliminar la imposición de la vacunación Covid a menores de 18 años alegando que sobrepasa la patria potestad que se tiene respecto a los hijos menores.
En el documento, Hernández señaló que esta medida contraviene el principio de la vinculación a la ciencia y a la técnica, así como también la autorización para que los mayores de 15 años reciban la vacuna sin estar acompañados por una persona adulta, “implica la inobservancia de la autoridad parental de los adolescentes”, dijo.
“La medida es de gran preocupación para los padres de familia en todo el país, al convertirse Costa Rica en el primer país de occidente en disponer la obligatoriedad de la vacunación de niños en ese rango de edad”, manifestó el abogado en el recurso de amparo.
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