Desde el 1 de enero del 2020, entraron a regir los nuevos salarios mínimos vigentes para el sector privado.
Dichos aumentos presuponen un incremento salarial del 2.53% en todas las categorías establecidas en el Decreto Ejecutivo de Salarios Mínimos, así como un ajuste adicional de 2.33962% en el caso del servicio doméstico.
“Para efectos de los Salarios Mínimos el instrumento para la clasificación de ocupaciones son los Perfiles Ocupacionales aprobados por el Consejo Nacional de Salarios. En el entendido un puesto determinado podría tener una clasificación distinta según sus características y responsabilidades específicas”, explicó Erika Barrantes, directora del área laboral de la firma Sfera.
La aplicación de los aumentos salariales indicados debe ser realizada por todo patrono que pague a sus colaboradores el salario mínimo de ley.
Por ejemplo, en el caso de una empleada doméstica, el salario mínimo en el 2019 era de ₡190.377,39, sin embargo, a partir de este año deberán pagar como mínimo un monto de ₡199.760,73.
En este enlace se puede encontrar la lista de salarios mínimos vigentes durante el 2020.
Aumento en el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte
También desde enero, los patronos, trabajadores y el Estado aumentaron su aporte al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), lo que permitirá que el aporte total contributivo pase a 10.66%. Con esto, cada sector pagará ₡170 por cada ₡100 mil de ingreso reportado.
Los aportes pasaron de:
- 5,08% a 5,25% patronos
- 3,84% a 4,0% trabajadores
- 1,24% a 1,41% el Estado
Cada tres años se aplicarán los restantes aumentos al aporte (enero: 2023, 2026 y 2029).
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