El pasado 5 de abril, el presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó la Reforma del Artículo 14 de la Ley 7794, (que limita la reelección indefinida de autoridades locales) Nº10183, aprobada el pasado 29 de marzo en la Asamblea Legislativa. El mandatario aseguró que fue un "hito en la consolidación de las reformas necesarias para nuestra institucionalidad, que permita una sana alternancia de la representación popular, evitando que se enquiste en unos pocos el ejercicio de poder".
A partir de la sanción de esta ley, las personas electas para ocupar cargos municipales, no podrán estar más de 8 años consecutivos en esos puestos, según lo establece el artículo único de esta nueva legislación.
Con esta ley, la Asamblea Legislativa acató una de las recomendaciones de la Misión de Observación Electoral de la Organización de Estados Americanos (OEA), que señaló la necesidad de reformar el Código Municipal.
Alguna autoridades opuestas al cambio
La Federación Metropolitana de Municipalidades (FEMETROM) interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra las modificaciones que aprobaron los legisladores del periodo 2018 – 2022 a la Ley 7794.
“Consideramos que existen varias violaciones en las reformas que fueron incluidas en esta ley. Una de ellas es que se limita de forma extremista la posibilidad de que una autoridad municipal pueda reelegirse o aspirar a otro puesto dentro del gobierno local. Por otra parte, se viola un derecho sagrado, como es que la persona elija a quien considere más apto para gobernar su cantón”, dijo Juan Antonio Vargas, director ejecutivo de la FEMETROM.
En el recurso presentado con fecha 21 de abril, FEMETROM señala a los magistrados de la Sala Constitucional que con los cambios hechos a la Ley 7794 se creó “una discriminación odiosa dirigida hacia unas personas en particular, lo cual resulta violatorio de los principios de igualdad, razonabilidad, proporcionalidad, y libertad política individual”.
Otro aspecto que critican las municipalidades metropolitanas es que la ley afecte a quienes estén en este momento en el ejercicio del poder, ya que ninguna legislación tiene efectos retroactivos.
Además, se argumenta que en enero de este año el Tribunal Supremo de Elecciones alertó a los diputados que un proyecto como el que estaban discutiendo era improcedente, ya que la Constitución Política prohíbe hacer reformas de índole electoral cuatro meses antes y seis meses después de una elección. Pese a esta advertencia, el Congreso aprobó la iniciativa el 29 de marzo, a seis días de que se llevara a cabo la segunda vuelta electoral.
“La democracia como sistema político ha sido atacada, a las personas se les está negando su potestad de elegir y eso es muy grave. Se sienta un precedente muy peligroso”, advirtió Gerardo Oviedo, alcalde de Santa Ana y presidente de la FEMETROM.
La Federación Metropolitana de municipalidades está integrada por los gobiernos locales de: Alajuelita, Aserrí, Goicoechea, Moravia, San José, Santa Ana y Tibás.
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