El principal cambio que el 2020 trajo consigo en materia fiscal, es la fecha en que se realiza el cierre, que a partir de este año será el 31 de diciembre.
De acuerdo con Carlos Vargas, CEO de la firma TPC Group, las empresas y contribuyentes están obligados a contemplar e incluir información adicional para la elaboración de sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta.
"Ante esto, es importante que los contribuyentes inicien la preparación de su información contable y financiera con anticipación. Esto les va a permitir gestionar ciertas estrategias para manejar sus flujos de efectivo de una manera más eficiente, principalmente tomando en cuenta que deberán contemplar tres meses adicionales en sus cuentas que antes no incluían, al menos durante este año", dijo Vargas.
Pero, ¿cómo pueden los contribuyentes prepararse con tiempo para el cierre fiscal que se realizará el 31 de diciembre del 2020? El CEO de TCP Group recomendó:
- Revisar a que régimen pertenece (Tradicional, Simplificado o Agropecuario) y validar el período de cierre fiscal y presentación de declaraciones. El tipo de declaraciones y las fechas en que debe presentarlas, así como las fechas de pago de sus impuestos, es acorde al tipo de régimen en que se está inscrito.
- Reconocer si el registro como contribuyente ante Hacienda es como una persona física o persona jurídica, ya que el tramo del Impuesto sobre la Renta que se debe pagar es distinto de acuerdo al tipo de contribuyente (físico o jurídico) que sea.
- Validar si el sistema de facturación electrónica que se utiliza genera reportes que le faciliten obtener la información de sus impuestos. Además, es importante corroborar si se cuenta con toda la información de facturación y aceptación de gastos de forma ordenada y clasificada.
- Hacer una proyección de la Declaración de Renta a diciembre 2020. Esta proyección se realiza considerando los posibles ingresos y gastos del contribuyente para los meses restantes. Realizarlo permitirá estimar la utilidad y el impuesto a pagar. En el caso de la persona física lucrativa también debe considerar si le aplica para uno de los créditos y la base exenta.
- Las pequeñas y medianas empresas deben tener un estado de resultados a setiembre 2019 y proyectarse al cierre diciembre 2019, para ver cómo resulta el impuesto a la renta proyectado.
“El mega período de 15 meses que se vive en este 2020 obliga a los contribuyentes a ser aún más cuidadosos y realizar mayores proyecciones, porque se deberá incluir información de tres meses adicionales. Tomar las previsiones del caso definitivamente les ayudará a evitar contratiempos, poder contar con el dinero disponible para realizar el pago del impuesto, y principalmente evitar las multas por haber dejado por fuera alguna información, o presentación tardía de sus declaraciones”, comentó Vargas.
Empresas deben adaptar sus estados financieros al período de 15 meses
Otro aspecto importante para los contribuyentes jurídicos es a la elaboración de sus estados financieros, pues según el experto los correspondientes al período fiscal 2020 tendrán diferencias a los de períodos anteriores, ya que estos corresponderán a 15 meses y no a los 12 que normalmente abarcan.
“Los estados financieros siempre deben ser comparables con los de periodos anteriores y con los de otras entidades. En una situación atípica como la que sucede este año en Costa Rica, en donde el periodo es de 15 meses y no de 12, las empresas deben informar del periodo cubierto, especificando la razón para utilizar un periodo de duración superior, y el hecho de que los importes presentados en los Estados Financieros no son totalmente comparables”, explicó Vargas.
Adicionalmente, las empresas deberán realizar los cambios en su cierre contable, pasando a cerrar sus estados financieros del 30 de setiembre al 31 de diciembre.
“Desde el punto de vista de presentación, con la finalidad de regularizar los nuevos cierres contables, se deben presentar los estados financieros comparativos. Específicamente, estados financieros al 30 de septiembre de 2019 (período de 12 meses), Estados Financieros al 31 de diciembre de 2020 (período de 15 meses), y las notas revelatorias comparativas con las mismas fechas”, concluyó el CEO de TPC Group.
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