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Cambios en presentación de estados financieros durante el 2020

Por: Carlos Vargas, CEO de TPC Group

Estamos cerca del cambio de cierre contable en Costa Rica -31 de diciembre-, que será el de periodicidad permanente como nueva fecha de cierre fiscal y contable. Para tal efecto la Norma Internacional de Contabilidad- NIC  N° 1 – Presentación de estados financieros, establece las guías para la presentación de los estados financieros de propósito general, para que los mismos sean comparables tanto con los estados financieros de la misma entidad correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades.

En esta oportunidad nos referiremos al nuevo periodo de cierre contable desde el punto de vista financiero, bajo normas contables,  que en gran parte se vincula al cierre tributario que también será de 15 meses.

Cabe señalar que este primer cierre contable de 15 meses, traerá como consecuencia que a partir del 2021 Costa Rica tendrá una uniformidad de comparabilidad con políticas contables con el resto de los países del globo, en donde el cierre fiscal y contable se cuenta del 1 de enero al 31 de diciembre.

Por otro lado, hay que precisar que la finalidad de la presentación de los estados financieros se fundamenta en que los mismos suministren información confiable y razonable acerca de la situación financiera, del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil para los usuarios al momento de tomar sus decisiones económicas. La información deberá estar compuesta por los estados financieros y sus notas de revelación.

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Una empresa deberá presentar un juego completo de estados financieros (incluyendo información comparativa) al menos anualmente, que comprende un estado de situación, un estado de resultados, un estado de cambios en el patrimonio neto y un estado de flujos de efectivo del periodo.

En casi la totalidad de las circunstancias, una empresa logrará una presentación razonable cumpliendo con las NIIF aplicables y deberá revelar información descriptiva y narrativa comparativa respecto del periodo anterior para todos los importes incluidos en los estados financieros del periodo corriente que permitan una mejor comprensión de los mismos.

Cambio del cierre del periodo sobre el que se informa

Los estados financieros deben ser objeto de presentación con una periodicidad anual de doce meses; sin embargo, en Costa Rica todas las entidades cambiarán la fecha de cierre del período sobre el que se informa, por un periodo mayor de un año. Las empresas deberán informar del periodo concreto cubierto por los estados financieros y revelará de acuerdo al párrafo 36 de la Norma, la razón para utilizar un periodo de duración superior, y el hecho de que los importes presentados en los estados financieros no son totalmente comparables.

Consecuentemente, las empresas realizarán los cambios en su cierre contable, pasando a cerrar sus estados financieros del 30 de setiembre a 31 de diciembre. El último cierre contable fue preparado el 30 de setiembre de 2019 y durante el 2020 le corresponderá cerrar el 31 de diciembre. El motivo que originó este cambio está en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, que establece para todas la empresas de país el mismo cierre fiscal comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre.

El primer reporte anual con el cambio de fecha del cierre será el 31 de diciembre de 2020. Desde el punto de vista de presentación, con la finalidad de regularizar los nuevos cierres contables, se presentarán los estados financieros comparativos siguientes: estados financieros al 30 de septiembre de 2019 (período de 12 meses), estados financieros al 31 de diciembre de 2020 (período de 15 meses) y las notas revelatorias comparativas con las mismas fechas

Por consiguiente, la empresa procederá a generar un cierre contable para contar con información correspondiente al 31 de diciembre del 2020 (15 meses). La compañía también deberá revelar en sus notas de estados financieros los motivos por los que se ha producido el cambio de fechas en la presentación de estados financieros, además de incorporar en la estructura y contenido de forma explícita, los períodos de cierre que se están informando.

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