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Sanciones relacionadas al IVA se aplicarán de manera regular en octubre

Moratoria para la aplicación de sanciones sobre el IVA termina este mes

El periodo de moratoria para la aplicación de sanciones relacionadas con el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), firmada por el presidente de la República, Carlos Alvarado y la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar finaliza este mes de septiembre.

Desde el pasado 8 de julio y se decretaron tres meses de moratoria improrrogables: julio, agosto y setiembre de 2019, en las sanciones, multas o intereses por mora relacionadas con la entrada en vigencia del IVA, que también están estipuladas en la ley 9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

“El fin del periodo de moratoria implica que para la presentación de la declaración del IVA correspondiente al mes de septiembre, que se debe realizar del 1 al 15 de octubre, comenzarán a aplicar las sanciones correspondientes por inconsistencias o inexactitud en la declaración, la liquidación, el pago, la aplicación de créditos fiscales u otras detalles relacionados con el cálculo del IVA” comentó Sergio Chaverri, socio director de Gosocket.

¿Cómo evitar sanciones con la declaración del IVA?

Una adecuada declaración de IVA inicia con un buen uso de la Facturación Electrónica, un error en ella representará una equivocación en la declaración de IVA que puede repercutir en la cifra a pagar.

De acuerdo con Chaverri, para hacer un buen uso del sistema de Factura Electrónica, los contribuyentes deben tener claro no solo las tarifas de IVA y exenciones, sino también los códigos de actividad económica registrados ante la Administración Tributaria y los tipos de documentos disponibles al momento de facturar o solicitar un comprobante electrónico.

“Es importante que los contribuyentes verifiquen con cuáles códigos de actividad económica están facturando y de requerir agregar o eliminar un código, que ingresen al portal ATV y en el apartado de Registro Único Tributario actualicen sus códigos. La actualización también debe realizarse en su sistema de Factura Electrónica para que así puedan emitir facturas según el código correspondiente” explicó Chaverri.

Agregó que también es importante que los contribuyentes conozcan las diferencias entre los tipos de documentos electrónicos disponibles en los sistemas de Factura Electrónica.

Tipos de factura

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Los tipos de factura son: de compra (FEC), de exportación (FEE), tiquete electrónico (TE) y factura electrónica (FE). La de compra se incorporó para transformar las facturas de proveedores del Régimen de Tributación Simplificada que están excluidos del uso de Factura Electrónica en Facturas Electrónicas.

“En este caso la responsabilidad en la emisión de la Factura Electrónica de Compra es del contribuyente que la solicita. Por lo tanto si usted requiere la Factura es necesario que solicite nombre, cédula jurídica o física, teléfono, correo electrónico y luego con esa información emita Factura Electrónica de Compra” comentó Chaverri.

Por otra parte, las de exportación se utiliza para quienes exportan bienes o servicios, pues deben emitir a sus clientes de fuera de Costa Rica una Factura Electrónica de Exportación. Este documento permitir enviar XML a receptores internacionales, que no estén domiciliados en Costa Rica porque permite colocar cédulas físicas o jurídicas correspondientes al extranjero.

Este es el único documento que se debe usar para clientes con cédula extranjera. Para los clientes con cédula física o jurídica nacional se debe usar la factura electrónica.

Para operaciones que se dirigen a consumidores finales, se utiliza el tiquete electrónico. Este es el documento que se recibe cuando se hacen compras en comercios como supermercados, tiendas de ropa y cualquier comercio cuyos productos o servicios se dirijan al cliente final.

“El Tiquete Electrónico es equivalente a la factura que todos los comercios están obligados a entregar al cliente como comprobante de que se realizó la compra-venta o prestación del servicio. Es la factura que como clientes finales tenemos derecho a recibir cada vez que pagamos o compramos un producto o servicio”, detalló el socio director de Gosocket.

Por último, la factura electrónica es el documento electrónico con efectos tributarios que respalda la venta de bienes y la prestación de servicios. Su uso está pensado para cuando el receptor es un contribuyente (empresa o profesional independiente) que debe registrar gastos relacionados a su actividad comercial para el cálculo del Impuesto de la Renta

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