
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) acogió el recurso de apelación electoral del partido Pueblo Soberano (PPS), contra la decisión de la Dirección General del Registro Electoral (DGRE) que denegó su inscripción para las elecciones municipales del 2024.
La DGRE había determinado que el partido liderado por Mayuli Ortega -funcionaria de Casa Presidencial y quien colaboró para que Rodrigo Chaves llegara la presidencia- presentó en tiempo sus requisitos de inscripción, algunos de ellos perdieron validez al haberse anulado -mediante otra sentencia del TSE- la Asamblea Superior del partido donde se adoptaron esos acuerdos. Todo esto se debió a que el asambleísta del PPS, Gerardo Medina, reclamó no haber sido convocado para participar en esa asamblea.
Los magistrados del TSE tomaron en cuenta que las normas previstas en el Código Electoral de 1952 fueron creadas sin tomar en consideración los tiempos para interponer el recurso de amparo electoral del Código Electoral del 2009.
Ante esto, el TSE resolvió que el PPS pueda -aunque esté fuera del plazo de los 12 meses anteriores a la elección- realizar una nueva asamblea superior que subsane los defectos de la asamblea que en su momento fue anulada.
Así las cosas, el TSE establece el precedente de que ante un eventual amparo electoral anule la asamblea de un partido en formación, la DGRE tendrá que autorizar al partido de corregir la falencia que impide la inscripción, aunque se sobrepase el plazo de 12 meses.
Según los datos del TSE, 145 partidos estarán compitiendo en las próximas elecciones de mayo 2024 para dirigir los 84 cantones del país. Serán 34 a nivel nacional, 22 a escala provincial y 104 a escala cantonal.
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