
Este 1 de septiembre la Conferencia Episcopal de Costa Rica se refirió con respecto a la resolución n.° 2026-031948 de la Sala Constitucional sobre la Objeción de Conciencia.
En el comunicado que compartieron mencionan que:
Deseamos que esta resolución contribuya a fortalecer en Costa Rica una cultura de respeto, diálogo y libertad responsable, en la cual ninguna persona deba renunciar a sus convicciones religiosas o morales para estudiar, ejercer una profesión o servir al prójimo. A la joven médica le reiteramos nuestro reconocimiento y la exhortamos a perseverar en su vocación con humildad, excelencia profesional y fidelidad a una conciencia rectamente formada.
¿Qué menciona la resolución sobre Objeción de Conciencia?
La resolución anuló el criterio emitido por el CENDEISSS y la comunicación posterior de la UCIMED mediante la cual se había denegado la objeción de conciencia de la residente.
Además, ordenó comunicar a las autoridades universitarias, docentes, tutores y personal de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) que participan en el programa que no existe una prohibición absoluta para ejercer la objeción de conciencia.
La Sala también estableció que los alcances y eventuales límites de este derecho deben determinarse en cada situación concreta.
La Conferencia episcopal agrega:
Como pastores de la Iglesia Católica en Costa Rica, expresamos nuestra cercanía y reconocimiento a la joven profesional católica que acudió respetuosamente a los mecanismos del Estado de Derecho para defender la posibilidad de continuar su formación sin ser obligada a actuar contra sus convicciones más profundas.
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