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Propuesta de ley pretende endurecer penas por aborto

Iniciativa busca equiparar las penas del delito de aborto y las del delito de homicidio calificado

La fracción legislativa de Nueva República presentó el proyecto de ley 22.453, que pretende endurecer las penas con que se castiga el aborto en el país.

Se trata de una propuesta que es copia del proyecto 20.673 presentado por Fabricio Alvarado en 2017 -que no avanzó en la Comisión de Asuntos Jurídicos- y que busca equiparar las penas del delito de aborto con las del delito de homicidio calificado.

La iniciativa señala que la persona que cause la muerte de un feto sin consentimiento de la mujer, o si esta es menor de 15 años, será reprimido con cárcel de 20 a 35 años. Si el feto no había alcanzado los 6 meses de vida intrauterina, la cantidad de años cambia de 19 a 33.

Asimismo, quien cause la muerte de un feto con el consentimiento de la mujer, tendrá una pena de 18 a 32 años de prisión, y si el feto no alcanzó los 6 meses de vida intrauterina, de 17 a 31 años. Si la mujer muere en este acto, la pena se elevará.

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Los congresistas también proponen reprimir a las mujeres que consientan o causen su propio aborto, con prisión de 1 a 6 años, y de 10 meses a 5 años, si el feto no alcanzó los seis meses de vida intrauterina.

“Cuando el aborto lo cause directamente la mujer, dicha pena podrá ser sustituida por una medida alternativa de prestación de servicio de utilidad pública, que podrá ser de trescientas ochenta horas a mil ochocientas horas de servicio, en los lugares y la forma que disponga la autoridad jurisdiccional competente”, dice el texto del proyecto.

De igual forma indica: “No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida de la madre o la salud física y este no ha podido ser evitado por otros medios”.

En caso de que un profesional en ciencias de la salud cause el aborto, no podrá ejercer su profesión durante un lapso de 1 a 5 años.

Los congresistas enfatizaron que la propuesta se basa en que la defensa de los derechos fundamentales de los seres humanos y en particular, el derecho a la vida, es deber de la República.

Marianela Sanabria Leandro
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Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.

 

Sobre el autor Marianela Sanabria Leandro

Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.

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