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Conozca cómo aplica la orden sanitaria y la incapacidad por Covid-19

Si existe incapacidad el trabajador no puede ni debe laborar, ni se podrá dar un rebajo de días de vacaciones

Cuando un trabajador es diagnosticado con Covid-19 y su condición le permite seguir trabajado, surgen algunas dudas en materia de órdenes de aislamiento e incapacidades.

Por esta razón, Erika Barrantes, directora laboral de la firma Sfera, indicó que es importante analizar si existe o no incapacidad. Si existe incapacidad el trabajador no debe ni puede laborar; esta prevalecerá y no podría darse un rebajo de días de vacaciones.

Si no hay incapacidad y el empleado únicamente cuenta con orden de aislamiento, el colaborador podría realizar teletrabajo si sus funciones lo permiten. Si sus labores no lo permiten, se pueden utilizar sus vacaciones.

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“La gestión de la incapacidad ante la Caja Costarricense de Seguro Social se da con la orden sanitaria y una certificación del patrono, en la que se establezca que el trabajador no asistió al trabajo durante los días en que se giró dicha orden. El trabajador la debe gestionar directamente. Por otra parte, ante el Instituto Nacional de Seguros (INS) es el patrono quien se debe encargar de gestionar la incapacidad”, explicó Barrantes.

Incapacidad únicamente aplica cuando hay orden sanitaria

La incapacidad únicamente aplica cuando hay una orden sanitaria. En caso de que el trabajador sea sospechoso y se realice la prueba, el centro médico le podrá girar una orden de incapacidad durante el tiempo en el que estén los resultados, la cual normalmente es de tres días. En el caso de que la prueba salga positiva, se procederá a emitir la incapacidad correspondiente.

De acuerdo con Barrantes, “la incapacidad por la CCSS debe realizarse cuando el trabajador se contagió fuera del lugar de trabajo y por el INS cuando el contagio ocurrió en el lugar de trabajo. El trabajador es el encargado de tramitar la incapacidad ante la CCSS y el patrono es el encargado de tramitar la incapacidad ante el INS”.

Si el contagio ocurrió por un contacto positivo en el trabajo, el patrono debe hacer el reporte de accidente de riesgos de trabajo y especificar cómo ocurrió el contagio, adjuntar la orden sanitaria y el resultado positivo del trabajador.

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