
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró hoy que el proyecto de Ley Jaguar es inconstitucional. Los magistrados encontraron vicios de constitucionalidad en todos los artículos consultados porque afectan atribuciones constitucionales de la Contraloría y se le quitan herramientas importantes para que la Contraloría pueda ejercer sus funciones constitucionales.
Por unanimidad y mediante la sentencia Nº2024-21375, el tribunal respondió a la consulta de constitucionalidad que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) planteó sobre la iniciativa presentada por Alberto Cabezas y Edgar Espinoza -esposo de Pilar Cisneros- para llevar el proyecto de Ley a referéndum.
El TSE realizó la consulta basándose en la jurisprudencia de la Sala, del voto 1998-998 de febrero de 1998, en el cual los magistrados de aquel entonces señalaron que cualquier reforma o modificación a las competencias de la Contraloría tenía que tener el fin de ampliar, aclarar o complementar las atribuciones que le estaban dadas por la propia Constitución Política; de manera que el legislador común no podía rebajarlas, disminuirlas, suprimirlas o atribuírselas a otros órganos públicos.
El tribunal que deliberó esta consulta estuvo integrado por Fernando Castillo, Paul Rueda, Luis Fernando Salazar, Ingrid Hess, Anamari Garro, Jorge Araya y la suplente Alexandra Alvarado.
Contraloría y Defensoría se manifiestan
Ante la declaratoria, Marta Acosta, Contralora General de la República aseguró:
Nos satisface la decisión de la Sala Constitucional sobre las competencias de fiscalización con las que la Contraloría debe ejercer los controles previos, preventivos y posteriores, establecidos tanto en la Constitución Política así como en las leyes que rigen nuestras competencias. Hemos cumplido con seriedad nuestro rol en el pasado, lo hacemos en el presente, y lo seguiremos haciendo a futuro, cumpliendo con el principio de legalidad, la ética y las buenas prácticas nacionales e internacionales. Los ciudadanos pueden tener garantía de que las actuaciones de la institución siempre pueden ser revisadas en instancias judiciales, como en un Estado Democrático de Derecho corresponde.
Por su parte, la Defensoría de los Habitantes hizo un llamado a respetar las resoluciones emitidas por la Sala Constitucional, en tanto constituyen un cimiento fundamental del Estado de Derecho y de la convivencia democrática:
El acatamiento de lo resuelto por dicho órgano jurisdiccional ante los asuntos sometidos a su conocimiento es necesario para la seguridad jurídica del país, indistintamente de las posiciones particulares de las partes involucradas.
La Defensoría de los Habitantes considera esencial que las controversias se canalicen a través de los mecanismos existentes, en apego al ordenamiento jurídico.
El respeto y equilibrio entre los Poderes de la República es indispensable para que Costa Rica camine por la vía democrática. Toda sociedad puede decidir los cambios que se necesitan sin debilitar los controles que garanticen la eficiencia y la transparencia en el uso de los recursos públicos.
Todavía quedan pendientes de resolver por la Sala IV las consultas planteadas por los partidos Liberal Progresista y Liberación Nacional, y la Contraloría General de la República.
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