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Feriado del Día de los Trabajadores traslada su disfrute al lunes 3 de mayo

Este día es un feriado de pago obligatorio según lo establece el Código de Trabajo

El Día Internacional de los Trabajadores se celebra el 1 de mayo y es un feriado de pago obligatorio según lo establece el Código de Trabajo.

Su disfrute este año se trasladó al lunes 3 de mayo, pues es uno de los feriados incluidos en la Ley 9.875 aprobada el año pasado para promover el turismo afectado por la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19.

De acuerdo con la normativa, la población trabajadora tiene derecho a disfrutar del feriado y no se le puede obligar a laborar, únicamente si está de acuerdo. En caso de que haya oposición, no podrá ser sancionado por esta causa.

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Cómo se debe pagar este día

Con respecto al salario, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) informó que los patronos que cancelan semanalmente en actividad no comercial -que reconocen el salario solo el tiempo laborado-, deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el feriado; en caso de que se trabaje, el salario adicional debe ser doble ese día.

En el caso de las empresas cuya modalidad de pago es mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, deben cancelar el salario completo incluyendo el feriado. Si los empleados trabajan ese día, deben agregar un salario sencillo de un día en cumplimiento del pago doble que indica la ley.

Las horas extra en este feriado se pagan a tiempo y medio doble, es decir, se debe hacer un pago triple.

Marianela Sanabria Leandro
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Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.

 

Sobre el autor Marianela Sanabria Leandro

Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.

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