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Conozca los nuevos montos de las multas de tránsito

Aumento en las multas es el más bajo desde que comenzó a regir la Ley de Tránsito

Las multas de tránsito tienen este 2021 el aumento -de un año a otro- más bajo desde que empezó a regir la existe Ley de Tránsito.

De acuerdo con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), el aumento aprobado en las multas lo hizo el Consejo Superior del Poder Judicial, basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) interanual a junio de 2020, que fue de 0,31%.

A raíz de ese porcentaje, desde el 1 de enero de este año, la multa por conductas tipo A, como: conducir a más de 120km/h, rebasar en un puente y manejar bajo los efectos del alcohol, pasaron a ser de ¢327.713.

Las multas de tipo B como: llevar menores de cinco años en motocicleta, o transportar menores de 12 años y de menos de 145 cm de estatura sin dispositivos de retención, son de ¢221.458.

El incremento más bajo en las multas se dio en las de menor valor, como cuando se conduce con la licencia vencida, quien baje la velocidad para ver un accidente, no portar extintor o triángulos en el vehículo, entre otras. Estas pasaron a ser de ¢23.488.

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Asimismo, las multas de tipo C como circular sin luces reglamentarias, uso del celular mientras se conduce y acompañantes sin cinturón de seguridad, pasaron a ¢110.729; mientras que las de tipo D, entre las que se incluye el irrespeto a las señales de tránsito, no pagar el marchamo, incumplimiento en las normas de uso de luces, son este 2021 de ¢54.805.

“Las personas que recibieron una sanción en el 2020, aunque las paguen en este año, tendrán que pagar el monto del 2020. Solo se aplica el nuevo monto para las multas confeccionadas a partir del 1 de enero del 2021”, explicó Carlos Rivas, director jurídico del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI).

Conductores tienen 10 días hábiles para apelar multas

Según anunció el MOPT, las personas cuya multa fue registrada en el sistema el 23 de diciembre (último día laboral del 2023), tienen 10 días hábiles para apelar si consideran que la sanción no es correcta.  

El plazo para impugnar la multa comienza este lunes 4 de enero, por lo que se podrá realizar la apelación hasta el 15 de enero. En el caso de que la apelación no se gane, los conductores obtienen un 15% de descuento por pagar dentro de los 10 días hábiles posteriores a la firmeza de la multa, excepto si son multas clase A.

Desde abril del 2020, las multas hechas por la Policía de Tránsito, pueden apelarse a través del correo electrónico: recepció[email protected]. El documento debe estar firmado manualmente si no se cuenta con firma digital, así como también se debe adjuntar una imagen de la cédula de identidad e indicar una dirección de correo electrónico como único medio para recibir las comunicaciones.

Marianela Sanabria Leandro
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Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.

 

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