
La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) acordó este jueves ampliar por un mes más, a partir del 1 de agosto, la reducción de la base mínima contributiva para patronos, trabajadores independientes y asegurados voluntarios.
Para las planillas patronales, esta base se mantendrá reducida a un 25% respecto al monto de febrero del 2020. En el caso de asegurados voluntarios y trabajadores independientes, que tenían ingresos de referencia menores a ¢663.939, la base se mantendrá en 75% respecto al monto de febrero de este año.
En el caso de los asegurados voluntarios y trabajadores independientes que tienen ingresos superiores a ¢663.930, la base estará al 100% del monto presentado en febrero de este 2020.
De acuerdo con el oficio DP-P-050-2020, el Gobierno de la República aportó un monto adicional de ¢8.500 millones para atender los costos de dicha medida, un monto que se materializará en el próximo presupuesto extraordinario que presentarán a la Asamblea Legislativa.
Acuerdos en cobros
La institución informó que su pretensión es buscar un equilibrio que permita proteger su sostenibilidad financiera, por lo que aprobaron estas medidas:
- Prorrogar hasta el 31 de diciembre del año 2020, las ocho medidas transitorias al Reglamento que regula la formalización de acuerdos de pago por deudas de patronos y trabajadores independientes con la CCSS, aprobadas 19 de julio del 2019.
- Disminución de la tasa de interés (Tasa básica pasiva más un punto porcentual).
- Ampliación de los plazos máximos de formalización.
- Disminución de los pagos iniciales para convenios de pago con trabajadores independientes.
- Ampliación del plazo de finalización de los convenios de pago.
- Inclusión de los gastos de formalización en acuerdos de pago (deudas menores a ¢1 millón).
- Ampliación en convenios de pago, modalidad pagó único de intereses.
- Disminución requisito del monto a amortizar para readecuar convenios de pago.
- Disminución del porcentaje de cobertura en garantía fiduciaria.
- Prorrogar hasta el 30 de setiembre del 2020, la suspensión de las gestiones de cobro, únicamente por deudas que se origen durante los meses de febrero a setiembre del 2020. Las gestiones de cobro a suspender son las relacionadas con los siguientes procesos con el inicio y ejecución material de cierres de negocios por morosidad y la presentación de demandas civiles y denuncias por retención indebida.
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