En Costa Rica, cuando una persona da positivo a la prueba RT-PCR o "prueba Covid-19", se le brinda una orden sanitaria por 14 días. En estos 14 días no puede dejar su domicilio, y debe mantenerse aislada. Si saliera de su domicilio recibiría una multa de cinco salarios base, según lo dispuesto por la Ley #9.837 del 3 de abril del 2020; o sea tendría que pagar una multa de ¢2,316,500 por violar el aislamiento sanitario.
Cuando la persona ya mantuvo los 14 días de restricción sanitaria, si posteriormente otra persona de su entorno familiar da positivo a una prueba, no tendrá que estar otros 14 días en restricción sanitaria y la Caja Costarricense de Seguro Social no tendrá que pagar dos incapacidades.
Según la respuesta del Departamento de Prensa del Ministerio de Salud a adiariocr.com:
"El lineamiento de vigilancia de la enfermedad establece que una persona que ya ha sufrido el virus y ha sanado no necesita más aislamiento si algún familiar se enferma, siempre que no hayan pasado 3 meses desde el episodio".
Esto pues se considera que ya la persona tiene los anticuerpos necesarios por lo menos por 3 meses y según el Ministerio de Salud ya no es una persona contagiosa.
Para más información puede acceder al documento sobre la Vigilancia de la enfermedad Covid-19.
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