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Reglamento de gas licuado por nuestra seguridad

Por: Marianella Araya, Asociación GS Uno Costa Rica

Tal vez usted cuente en su hogar, con uno de los 800.000 cilindros de gas que se estiman circulan a nivel nacional. Por eficiencia, comodidad o rapidez, el empleo de este recurso es cada vez más común entre la población.

Pero para nadie es un secreto que el Benemérito Cuerpo de Bomberos registra miles de emergencias anualmente por fugas de gas, ocasionadas mayoritariamente por una incorrecta manipulación de los cilindros.

Parece que realmente, nunca adoptaremos prácticas seguras en nuestros hogares relacionados con estos artículos. Por eso es que, a partir del 17 de mayo entró a regir el Reglamento General para la Regulación del Suministro de Gas Licuado de Petróleo.

Su objetivo, como lo establece su Capítulo 1 es “regular la cadena de suministro del gas licuado de petróleo como mecanismo para garantizar el abastecimiento al usuario final, la protección ambiental y la seguridad de las personas”.

Uno de los puntos medulares de este reglamento es la implementación obligatoria de un sistema de trazabilidad por parte de las envasadoras que muestre todo el proceso de comercialización de cilindros de gas.

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Para muchos, este término puede sonar técnico, sin embargo, no se imaginan que puede ser tan positivo como para marcar la diferencia entre la vida y la muerte. Desde GS1 y como impulsores en el país del sistema de trazabilidad integral, nos mantenemos atentos al correcto cumplimiento de este apartado en específico.

Y es así porque por nuestra experiencia global, sabemos que este sistema se puede aprovechar para que funcione de manera preventiva al obligar a que los actores de la cadena comercial mejoren sus procesos de almacenamiento, distribución   y mantenimiento teniendo como base aplicar estándares mundiales.

Recomendamos incluso ir más allá e involucrar a todos los actores de la cadena de abastecimiento, incluyendo al comercio detallista y al consumidor final. Al incorporar a estos dos sectores, quedará registro del local comercial que vendió el cilindro y la cédula de identidad del consumidor que compró el o los cilindros, para que en caso de algún incidente, dicho cilindro sea fácilmente rastreado. Eso sí, estas mejoras deberán ir reforzadas de una campaña educativa para los consumidores y que sea promovida por Bomberos, Aresep, Minae y los concesionarios.

Nos parece de suma importancia que tanto las autoridades como los empresarios de gas, se tomen en serio esta nueva reglamentación, pues tememos que implementen el sistema “por salir del paso”, como se dice popularmente y el objetivo central no se esté cumpliendo.

Para que se publicara este reglamento, se invirtió mucho tiempo y recursos, por lo que es reprobable que no sea implementado de la manera correcta.

Tenemos frente a nosotros una herramienta que nos deja dos grandes aportes: por un lado obtener información confiable, estandarizada, comprensible por todas las partes y accesible en tiempo real y por otro, la prevención y seguridad para que en caso de que se presente una emergencia, las autoridades respectivas puedan actuar de inmediato y retirar las unidades de consumo en el menor tiempo posible, minimizando el impacto a la población.

Por eso, nosotros, como consumidores, debemos estar atentos a que se cumpla lo establecido, pues como lo mencionamos anteriormente, el fin del reglamento es velar por nuestra seguridad. Desde GS1 y como parte de nuestro compromiso con el país, seguimos detrás del proceso de implementación de este apartado.

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