Desde este martes rige en el país una nueva normativa con la que indígenas transfronterizos podrán permanecer en Costa Rica de manera regular.
Con la firma por parte del presidente Carlos Alvarado y el ministro de Seguridad, Michael Soto, del decreto a la Ley 9710 “Protección del derecho a la nacionalidad costarricense de la persona indígena transfronteriza y garantía de integración de la persona indígena transfronteriza”, se busca dar una respuesta a los pueblos indígenas que existían antes de la delimitación de fronteras del país.
Por ejemplo, quienes conforman la población ngäbe-buglé establecida desde el Valle del General en Costa Rica hasta Chiriquí en Panamá, no son reconocidos como nacionales o residentes, y por ende, no pueden acceder a ciertos derechos y facultades legales.
“El decreto hace justicia a la identidad de una población indígena que desde siglos atrás se desplaza en un territorio que no tenía fronteras. El Gobierno reconoce este derecho histórico y lo institucionaliza para el beneficio de la población”, comentó Randall Otárola, viceministro de la Presidencia.
Pueden ser regularizados como residentes temporales o permanentes
Entre las disposiciones de la normativa, las personas indígenas transfronterizas podrán ser reconocidas como tales en su país de origen o por una asociación indígena inscrita.
Asimismo, pueden ser regularizadas como residentes temporales o permanentes, cuyo trámite se realiza en la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME). Si cumplen con los requisitos, también pueden optar por las categorías de trabajador temporal o estudiante.
La vigencia del documento de acreditación migratoria es de dos años, prorrogable por periodos iguales.
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