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Conozca si debe inscribirse ante la Sugef

Más de 20 mil nuevos sujetos deben inscribirse obligatoriamente a la institución antes del lunes 1 de julio

A pesar de que el lunes 1 de julio vence el plazo para que los nuevos 20 mil sujetos obligados se inscriban ante la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), aún un gran porcentaje no realizan las gestiones para estarlo.

La nueva medida nace con el fin de evitar lavado de activos y financiamiento de terrorismo y entró en vigencia el 1 de enero de 2019, otorgando un plazo de seis meses para que los sujetos obligados pudieran cumplir con los trámites de inscripción.

De aproximadamente 20 mil sujetos obligados, solamente 1200 se habían inscrito correctamente al miércoles 26 de junio. Para Mario Gómez, asesor legal de la Asociación Bancaria Costarricense (ABC), es relevante el trámite porque los bancos a partir de la otra semana, lo pedirán como requisito para mantener las relaciones comerciales.

“Si se enteran que no se cumple con la inscripción, estas entidades no brindarán sus servicios, hasta que quien lo solicite, esté al día con la SUGEF, que es donde se realiza directamente todo el proceso con el que se debe cumplir”, explicó Gómez.

Además de la inscripción

De acuerdo con el asesor legal, los nuevos supervisados no solamente es obligatorio inscribirse ante la Superintendencia, sino que también tienen otra serie de obligaciones establecidas el 11 de mayo de 2017, cuando se publicó la Ley No. 9449.

“Esta forma parte de una serie de artículos de la Ley 7786 sobre estupefacentes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”, señaló Gómez.

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Una de esas responsabilidades es crear mecanismos de seguridad para prevenir casos de legitimación de capitales y riesgo de lavado.

Nuevos supervisados

Los nuevos supervisados son: casinos, desarrolladores de proyectos inmobiliarios, comerciantes de metales y piedras preciosas, algunas organizaciones sin fines de lucro; proveedores de servicios fiduciarios y cualquiera que preste facilidades crediticias, como casas de empeño y prestamistas.

También abogados y contadores que participen en la compra y venta de bienes inmuebles, en la administración de dinero de clientes y en la compra y venta de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas, deben estar inscritos.

Según Gómez, “los sectores no financieros deben asumir el compromiso que les corresponde y adaptarse a los nuevos mecanismos de control y prevención para que los bancos puedan mantener las relaciones con ellos”. 

Marianela Sanabria Leandro
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Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.

 

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