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Diputado denuncia ante la Contraloría las convenciones colectivas firmadas post "Plan Fiscal"

Según el MEP, la “convención colectiva no incrementa el gasto público”

Diputado socialcristiano, Pedro Muñoz

La firma de la III Convención Colectiva de Trabajo del Ministerio de Educación Pública (MEP), ha recibido cuestionamientos por parte de diputados y figuras políticas del país.

Precisamente este martes el diputado socialcristiano Pedro Muñoz, presentó una denuncia ante la Contraloría General de la República (CGR), contra las convenciones colectivas que se firmaron después de implementada la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

“Tengo serias dudas de que la convención colectiva que se firmó por los sindicatos de educación y el MEP cumpla con la ley y con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, por eso presenté la denuncia para que se haga una revisión exhaustiva de si se cumple la ley”, explicó Muñoz.

MEP sostiene que versión 2020 de la convención no incluye nuevos beneficios económicos

Viceministro administrativo del MEP, Steven González

El viceministro administrativo del MEP, Steven González, argumentó que la convención suscrita viene desde el año 2013 y que su constitucionalidad ha sido revisada por la Sala en al menos dos ocasiones.

“Para esta versión 2020 no se incluyeron nuevos beneficios económicos y por ello, hemos sostenido que no se incrementa el gasto público. La misma ha sido revisada por la Comisión de Políticas para la Negociación de Convenciones Colectivas del Sector Público, donde participan además del MEP, el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Trabajo y la Dirección General del Servicio Civil”, manifestó González.

El jerarca añadió que conocen de la denuncia contra la convención y aseguró que están a las órdenes de la CGR para atender las solicitudes de información y acatar las disposiciones de este órgano.

Aseguran que aplicarán los procedimientos necesarios para la recuperación de dinero

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Con respecto a las 4.000 plazas para cocineras que se describe en la convención, el MEP indicó que el dinero para ello no excede el presupuesto que ya se destinaba para la contratación informal de estas trabajadoras de comedores escolares.

“Se institucionaliza su contratación, incorporándolas al sistema de empleo público. De hecho se ha calculado un ahorro de ¢2.000 millones anuales en el traslado de dineros a las Juntas”, aseguró el ministerio.

En una aclaración que brindó el MEP a aDiarioCR.com, la institución indicó que antes de la Ley 9.635 tenían algunos componentes que se calculaban como un porcentaje de salario.

“Transcurrió un tiempo técnicamente requerido desde la entrada en vigencia y la implementación de la conversión de los incentivos, lapso que la Ley no previó, pues no se estableció un transitorio que le permitiera modificaciones al sistema informático Integra2 (administrado por el Ministerio de Hacienda) con el que se pagan los salarios del MEP. Durante este lapso, potencialmente pueden haberse dado diferencias entre lo efectivamente pagado a los funcionarios y lo que les hubiera correspondido. La Sala ha establecido que para rebajar sumas pagadas de más en este caso, se debe dar el debido proceso”, informó Educación.

Asimismo indicaron que con la cláusula 38 de esta III Convención Colectiva, buscan revisar si esos pagos son o no sumas giradas de más, una tarea que tiene a cargo el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN).

“Si se determina por parte de los entes externos, que no son sumas giradas de más, no hay ningún monto que se deba recuperar. Si los entes competentes determinan que sí son sumas giradas de más, el MEP aplicará los procedimientos correspondientes para su recuperación”, aclaró el ministerio.

De esta III Convención participan cuatro sindicatos: SITRACOME que agrupa a trabajadoras de comedores escolares, SEC, ANDE y APSE, que de acuerdo con el MEP constituyen los sindicatos de mayor afiliación del país.

Por su parte, el abogado Ewald Acuña recordó vía Twitter que el Artículo 56 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública estipula que "será penado con prisión de tres meses a dos años, el funcionario público que, en representación de la Administración Pública y por cuenta de ella, otorgue o reconozca beneficios patrimoniales derivados de la relación de servicio, con infracción del ordenamiento jurídico aplicable", esto por reconocimiento ilegal de beneficios laborales.

Imagen extraída del documento de la III Convención Colectiva de Trabajo del Ministerio de Educación Pública
Marianela Sanabria Leandro
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Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.

 

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