A través de una modificación al artículo 44 bis de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, los afiliados a las asociaciones solidaristas, a cooperativas o cualquier organización social, tendrán más facilidad para accesar a un crédito.
El cambio en la ley contra la usura fue aprobado en primer debate este martes, y propone además eliminar la consulta obligatoria a la Central de Información Crediticia de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), que de acuerdo con uno de los impulsores del proyecto, el diputado David Gourzong, limitaba el acceso al crédito rápido por parte de los afiliados de estas entidades.
De aprobarse en segundo debate, se eliminaría también el mandato sobre el Banco Central de Costa Rica (BCCR) para que las deducciones salariales se hagan por medio del Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE).
Con el cambio en la Ley, los patronos no podrán discriminar ni dejar de aplicar reducciones al salario de las cuotas autorizadas por el trabajador, para el pago de las operaciones financieras de crédito voluntariamente contraídas por este.
“De esta manera se busca reducir la morosidad que ha venido en aumento luego del criterio emitido por la Procuraduría General de la República sobre la protección del salario mínimo inembargable. Para esto se ha incluido un transitorio que permita las deducciones de las operaciones vigentes”, explicó Gourzong.
Caja de ANDE celebró aprobación de la reforma
Según Caja de ANDE, con esta modificación alrededor de 45.000 accionistas -entre educadores, funcionarios y pensionados del Ministerio de Educación Pública (MEP)- podrán seguir accediendo a facilidades crediticias.
“Es un gran paso hacia la inclusión de un grupo importante de personas que también tienen necesidades y derecho a solventarlas. Ahora más que nunca se debe utilizar responsablemente las herramientas de financiamiento que ofrecen”, manifestó Adrián Soto, gerente de la entidad.
De acuerdo con la entidad, la reforma también brindará un acceso justo a créditos para personas que reciben un salario menor a los ¢199.000.
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