
La desinformación que tienen los contribuyentes y ciudadanos en general sobre la entrada en vigencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el próximo lunes 1 de julio, es una situación que preocupa al Colegio de Contadores Públicos.
Según explicaron, muchos ciudadanos aún no tienen claro cómo aplicar el impuesto sobre las ventas y compras realizadas, ni cómo les afectará en su economía diaria.
Ronald Artavia, presidente del Colegio, indicó que para cumplir con lo que establece la Ley sobre las Finanzas Públicas (No.9635) en cuanto a este tema, lo primero que deben tener claro los contribuyentes, es cómo se registraron ante la Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda. Además, puntualizó otros aspectos importantes:
- Determinar la tasa de impuesto aplicable a la prestación de servicios y/o venta de bienes de forma habitual
- Determinar cuáles son los clientes a los que les brinda servicio y proveedores a los que le compra los insumos que usa para realizar la actividad económica
- Realizar el cálculo de la proporción de crédito fiscal aplicable, en caso de comprar bienes o servicios a diferentes tasas de impuesto
- Verificar que los bienes o/y servicios prestados o el destinatario se encuentre en el territorio de La República según lo establece la Ley
- Ajustar con las nuevas tasas el sistema contable o de facturación, en caso de tenerlos
- Acudir a un contador para que realice la contabilidad mensual y las declaraciones
Si es comerciante o tiene un negocio, de acuerdo con Artavia, es importante seguir estos pasos:
- Todos los pasos anteriores
- Determinar la tasa de impuesto aplicable a la prestación de servicios o venta de bienes habituales
- Identificar cuáles son los clientes y proveedores de la compañía, puntos determinantes para clasificar los impuestos en: exenciones, no sujeción, tarifas reducidas y tarifa plena
- Capacitar al personal de departamento de ventas para que conozcan cómo facturar lo vendido con los nuevos impuestos
- Asesorar al personal contable para que realice la determinación del IVA, prepare las nuevas declaraciones, ejecuten la liquidación y el pago correspondiente
El experto indicó que la implementación de la factura electrónica no sufre cambios en su metodología, excepto por la clasificación de los impuestos que se debe hacer de acuerdo con los bienes y servicios que se compren o se vendan a diferentes tasas.
IVA en los hogares
El IVA plantea un aumento en los costos de algunos bienes y servicios que por lo general son adquiridos. Por ejemplo:
- El costo de la consulta al médico privado, al dentista o al oftalmólogo, aumentará en un 4%. Si paga con tarjeta de crédito o débito, este impuesto le será reembolsado inmediatamente por parte del profesional o del centro de salud
- Si tiene hijos cursando la escuela o el colegio en una institución privada, el monto que se debe añadir por impuesto es de 13%
- A pesar de que la gasolina no sufrirá un aumento por el IVA, los repuestos de vehículos sí
- El servicio de televisión por cable y el Internet, siempre han tenido el 13% del impuesto. Asimismo, plataformas tecnológicas como Netflix y Spotify están exentas hasta que tributación indique lo contrario
- Los gimnasios y salones de belleza o tratamientos, aumentarán sus costos en un 13%
A los boletos de avión, en caso de ser un viaje internacional, se les cobrará sobre la base el 10% del valor del boleto. Si el origen y destino es territorio nacional, tendrá una tasa reducida del 4%.
El Colegio de Contadores Públicos ha impartido charlas sobre el IVA a sus agremiados, con el fin de que estos puedan abarcar las dudas de los ciudadanos ante las variables que se avecinan.
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