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Sala IV recibe denuncia contra el Ministerio de Salud

Además, Ministerio de Salud recibe petitoria de grupo de más de 4.000 firmantes

El 18 de agosto pasado, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica recibió un recurso de amparo contra el Ministerio de Salud y el Ministro Daniel Salas por no autorizar la investigación del Dióxido de Cloro en pacientes con Covid-19.

Geovanni Bello Muñoz es el recurrente y lo hace a favor de la población costarricense del área metropolitana y de Rolando Araya Monge bajo el Expediente No. 20-014253-0007-CO.

El documento, visto el 18 de agosto "resuelve: en los términos de los artículos 43, 44 y 45 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, informe el ministro de Salud, sobre los hechos alegados por el recurrente, en resumen: que el recurrido se ha opuesto, sin brindar ningún tipo de fundamento o análisis científico válido, al uso del Dióxido de Cloro para combatir el Covid-19, manifestando incluso que se trata de un veneno, a juicio del petente, sin ofrecer pruebas o análisis científicos que así lo determinen. Aduce el reclamante que lo anterior constituye una clara actitud genocida".

Asimismo, el recurrente afirma "que el recurrido falta al protocolo de Helsinki y que otros países ya han autorizado el citado producto".

"Además, menciona que dicha organización es incompetente para ordenarle al recurrido que no utilice el Dióxido de Cloro. Alega vulnerados los numerales 11, 27, 28 y 33 de la Constitución Política, el principio de la dignidad humana, el derecho a la autodeterminación, el derecho a la libertad de escoger establecido en el Código de Nuremberg y los ordinales 11 y 136 de la Ley General de la Administración Pública", reza el texto.

El Ministerio de Salud deberá brindar un informe y las pruebas pertinentes dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución de la Sala IV.

Petitoria de otro grupo

Un grupo de 4.000 ciudadanos, representado por Javier Ortiz Gutiérrez, presentó ante las autoridades de salud la petitoria basada en el artículo 27 de la Constitución Política de Costa Rica, el cual garantiza la libertad de petición, en forma individual o colectiva, ante cualquier funcionario público o entidad oficial, y el derecho a obtener pronta resolución.

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La petitoria de Ortiz cita que en el artículo 24 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, el cual establece que “toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a cualquier autoridad competente, ya sea por motivo de interés general, ya de interés particular, y el de obtener una pronta resolución”.

En la petitoria recibida por el Ministerio de Salud el 23 de julio y por la Caja Costarricense de Salud (CCSS) el 28 de julio, Ortiz advierte al Ministerio de Salud y a la CCSS, que de acuerdo a lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que el derecho de petición sea efectivo, debe comprender una respuesta oportuna, coherente, completa y detallada sobre los asuntos indicados en la petición, independientemente de que sea favorable o no a lo solicitado. (caso Kaliña y Lokono vs. Suriname, párrafo 246.)

El grupo solicita “hacer una revisión bibliográfica para verificar si es cierto o no que el Dióxido de Cloro ha demostrado ser eficaz para la cura de algunas enfermedades, incluyendo el Covid-19, que ha sido patentado para ello en Europa y los Estados Unidos y que ya está registrado como medicamento para la esclerosis lateral amiotrófica. De ser así, verificar si eso significa que no tiene efectos secundarios de importancia”.

Petitorias solicitan revisión de estudios científicos

Ortiz envió también una petitoria a los colegios de Médicos, Farmacéuticos, Ingenieros Químicos y Químicos solicitando indicar de una forma clara y explícita qué opinión le merecen las siguientes revistas y publicaciones sobre la efectividad del Dióxido de Cloro para eliminar patógenos y sobre la seguridad o peligrosidad implicada en su empleo:

Petitoria solicita revisar patentes y documentación

Además, Ortiz solicitó a los colegios de profesionales la revisión de las patentes otorgadas, entre las que destaca:

La carta dirigida a los colegios profesionales, con copia a la Conferencia Episcopal, solicita dar a conocer las posiciones de estos colegios con respecto a dos documentos:

ATSDR Agency for Toxic Substances & Disease Registry de los Estados Unidos, en donde realizaron el perfil toxicológico del Dióxido de Cloro, a partir de estudios científicos realizados en ratas, monos y humanos, publicados desde 1940 a 2004. El estudio avala que las dosis de Dióxido de Cloro recomendadas para prevención y cura del coronavirus son seguras en humanos (páginas 30 - 67).

Documento de la EPA: Toxicological review of chlorine dioxide and chlorite publicado en setiembre del 2000, en el cual se llega a conclusiones similares.

Gabriela Zamora
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Comunicadora con más de 20 años de experiencia en medios y consultoría. Licenciada en Ciencias de la Comunicación Colectiva con énfasis en Periodismo, Universidad de Costa Rica.

 

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