Iglesia asegura que proyecto de ley atentaría contra la libertad religiosa
El diputado Enrique Sánchez impulsa iniciativa que obligaría a denunciar casos de abuso contra menores violando el secreto profesional y el sigilo sacramental
Una iniciativa del diputado del Partido Acción Ciudadana (PAC), Enrique Sánchez, pretende obligar a más personas a denunciar casos de abuso contra menores de edad.
De acuerdo con lo que dicta el actual artículo 49 del Código de la Niñez y la Adolescencia, esa obligación es solo de algunas autoridades y personal de instituciones educativas o centros de salud públicos y privados. Sánchez plantea que el alcance de esta norma se expanda a asociaciones, fundaciones o agrupaciones de carácter cultural, juvenil, educativo y religioso.
“Queremos que las personas que poseen contacto permanente con menores de edad, también sean obligadas a denunciar al [sic] Ministerio Público cuando tengan indicios o sospechas de que un menor de edad está siendo maltratado agredido o abusado”, aseveró Sánchez.
Proyecto de ley
En el proyecto también se solicita que al igual que una persona puede liberar de su secreto a un profesional de la salud o de psicología para que dé su testimonio en un juicio, el afectado o la afectada puede liberar a un sacerdote del “secreto de confesión”, ya que el artículo 206 del Código Procesal Penal dicta que el secreto de confesión es absoluto.
Según Sánchez, la propuesta se da en momentos donde el país registra un aumento de denuncias por abusos menores de edad. Las estadísticas del Poder Judicial en cuanto a denuncias sobre abusos sexuales contra personas menores de edad, crecieron un 74% del 2004 al 2017.
Libertad religiosaPresbítero Mauricio Granados, vocero de la Conferencia Episcopal de Costa Rica.
El Presbítero Mauricio Granados, vocero de la Conferencia Episcopal, indicó que obligar a irrespetar el sigilo sacramental, es un peligro para la práctica de la libertad religiosa y que en poco o en nada ayudaría a la administración de justicia en perseguir al posible autor de un delito.
“El sacerdote está obligado al sigilo sacramental, por lo cual le está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier modo y por cualquier motivo. La pena canónica para el sacerdote que irrespete directamente el sigilo sacramental es de excomunión”, resaltó Granados.
Presbítero Mauricio Granados
Qué dice el derecho canónico sobre el secreto de confesión
El Derecho Canónico que rige a la Iglesia señala en el código 983 que “el sigilo sacramental es inviolable; por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo”.
Asimismo, “está terminantemente prohibido al confesor hacer uso, con perjuicio del penitente, de los conocimientos adquiridos en la confesión, aunque no haya peligro alguno de revelación”.
Un sacerdote confesor que “viola directamente el sigilo sacramental, incurre en excomunión latae sententiae (automática) reservada a la Sede Apostólica”, que solo puede ser levantada por el Papa, según el canon 1388.
En Australia, la Asamblea Legislativa del Territorio de Canberra aprobó una ley -en junio de 2018- para obligar a los sacerdotes a romper el secreto de confesión cuando durante la administración del sacramento conozcan de algún caso de abuso sexual. La medida entró en vigor el 31 de marzo de 2019 y la Arquidiócesis de Canberra y Goulburn tendrá nueve meses para negociar con el Gobierno el funcionamiento de la nueva normativa.
En Chile, la Cámara de Diputados despachó al Senado la moción que modificaría el Código Procesal Penal para imponer a las autoridades religiosas o eclesiásticas, la obligación de denunciar hechos que revistieran carácter de delito contra menores de edad y personas impedidas de ejercer con autonomía sus derechos, y de que tomaran conocimiento en virtud de sus funciones.
Jurisdicción del sigilo sacramental
Según reportó Vatican News el 29 de marzo de este año, el Papa Francisco aseguró que "ningún poder humano tiene jurisdicción sobre el sigilo sacramental". El Santo Padre puntualizó que “la reconciliación misma es un bien que la sabiduría de la Iglesia siempre ha salvaguardado con toda su fuerza moral y jurídica con el sigilo sacramental”. Algo que “aunque no siempre sea comprendido por la mentalidad moderna, es indispensable para la santidad del sacramento y para la libertad de conciencia del penitente, quien debe tener la certeza, en todo momento, de que el diálogo sacramental permanecerá en el secreto del confesionario, entre la propia conciencia que se abre a la gracia y Dios, con la necesaria mediación del sacerdote”.
Como aseguró a Aciprensa el abogado canonista y vocero de Voces Católicas, Alejandro Álvarez, este tipo de disposición -refiriéndose a la de Chile- “entra en conflicto con el derecho canónico” y “también con el ordenamiento jurídico”, que reconoce y ampara las leyes y reglamentos propios de las corporaciones y fundaciones de derecho público, entre las cuales se encuentran las iglesias y comunidades religiosas. La "vulneración del secreto de confesión es un atentado contra la libertad religiosa, equiparando dos situaciones jurídicas totalmente distintas: el secreto profesional y el sigilo sacramental”.
“En el caso del sigilo sacramental el canon 983, establece que este es inviolable, y en caso de contravención a este mandato la sanción es la excomunión latae sentenciae, de acuerdo al canon 1388, por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo”, precisó el abogado.
Con proyectos de ley de este tipo Alvarez asegura que “estamos poniendo al clérigo en posición de elegir entre violar la ley del Estado y quedar sometido a las consecuencias de ello, o ser excomulgado, lo que claramente atenta contra su libertad religiosa, vulnera sus derechos y los de los fieles que acuden al sacramento de la confesión”.
Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.
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Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.
Periodista Licenciada en Producción de Medios de la Universidad Latina de Costa Rica. Locutora comercial formada en el Instituto Nacional de Aprendizaje.
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