La Corte Plena recibió formalmente la propuesta de proyecto de Ley del Régimen Disciplinario del Poder Judicial, la cual, analizará para su aprobación y posterior envío a la Asamblea Legislativa, con la finalidad de que se pueda convertir en ley de la República.
Esta iniciativa refuerza el debido proceso en las investigaciones administrativas, da la posibilidad de acogerse a una solución anticipada del conflicto y permite la justicia restaurativa en sede disciplinaria con plazos que se amplían hasta los 3 años.
También introduce un conjunto de institutos procedimentales con la finalidad de luchar contra la corrupción, por ejemplo se podrá trasladar prueba recabada legalmente en el proceso penal, o acceder a información privada, por medio de un proceso sumario de garantías, ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
La Embajada de los Estados Unidos, el Presidente de la Sala Segunda, Luis Porfirio Sánchez Rodríguez, y el magistrado de la Sala Primera Jorge Leiva Poveda, entregaron la iniciativa de Ley del Régimen Disciplinario del Poder Judicial o Código de Conducta en la sesión de Corte Plena de este lunes 30 de setiembre de 2024.
Para el abogado constitucionalista, Dr. Ewald Acuña:
El proyecto para que se actualice el régimen disciplinario de los servidores y servidoras judiciales es un avance importante y procura ajustarse a las mejores prácticas internacionales, incorpora tres elementos novedosos: la justicia restaurativa que permite concluir anticipadamente los procedimientos con satisfacción de los intereses institucionales; previene y sanciona los conflictos de interés en el ejercicio de la función jurisdiccional así como su sanción, y finalmente, crea un Tribunal Administrativo Disciplinario de Apelación que reduce la cantidad de procedimientos que conoce la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de la función disciplinaria. Este proyecto deberá ahora ser presentado a la corriente legislativa para su trámite y aprobación.
Para Sánchez Rodríguez:
Esta propuesta de ley disciplinaria judicial incorpora reformas de procedimiento y de fondo. Se fortalece el proceso de investigación disciplinaria con institutos novedosos, con la finalidad de recabar prueba y fortalecer la investigación administrativa.
Simplificación de la ley
La iniciativa contemplaría únicamente dos tipos de faltas: leves y graves. Se unificarían en una sola norma 38 conductas dispersas en diferentes leyes del país, como faltas graves y 17 como faltas leves. Las faltas graves se sancionarían con seis meses de suspensión y hasta el despido sin responsabilidad patronal y las leves con hasta 3 meses de suspensión.
Se incorpora el concepto de despido sin responsabilidad, derogando la nomenclatura de revocatoria de nombramiento, y dispone la prohibición de reingreso por hasta 10 años. Se fortalece al Ministerio Público, el Organismo de Investigación Judicial y la Defensa Pública para que puedan imponer sanciones de hasta un mes de suspensión con recurso de apelación ante el Tribunal Administrativo Disciplinario de Apelación. También se elimina la potestad disciplinaria a cargo de las jefaturas de despacho, manteniendo únicamente la capacidad de emitir advertencias.
Para la Embajadora de los Estados Unidos, Cynthia Telles:
Esta iniciativa es sumamente importante para luchar contra la corrupción y reforzar la confianza del pueblo en el sistema de justicia costarricense. Este nuevo código permitirá contar con un sistema de justicia más efectiva, cuyo pilar clave es la consolidación de un régimen disciplinario más robusto dentro de la institución y permitirá que los mecanismos de aplicación de justicia se ajusten a los más altos estándares de transparencia y buenas prácticas internacionales, respetando los derechos de los funcionarios judiciales.
El magistrado Jorge Leiva resaltó que sería la primera norma con rango legal no solo a nivel costarricense, sino a nivel regional, que incorpora un sistema de garantías del debido proceso en materia disciplinaria, expresamente positivizadas en un texto legal:
Este producto contiene un muy robusto catálogo de institutos del debido proceso en materia disciplinaria; se regula expresamente el tema de la Independencia judicial de las personas juzgadoras en el ámbito disciplinario, el principio de legalidad, la presunción de inocencia, imparcialidad y gratuidad. Se regula legalmente en ley ordinaria el estatus que tiene la Secretaría de Género en materia disciplinaria, igualmente se atiende la especificidad en materia indígena e incorpora muy novedosos e importantes institutos en materia de lucha contra la corrupción, como la posibilidad de trasladar prueba recabada en el proceso penal, con todas las garantías, en el tanto no ponga en riesgo el proceso en esa materia.
El documento contó con la cooperación del National Center for States Courts y la Oficina de Asuntos Antinarcóticos y Cumplimiento de la Embajada de los EE.UU.
A este evento asistieron también el Fiscal General de la República Carlo Díaz Sánchez, y el Director de la Defensa Pública Juan Carlos Pérez Murillo.
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