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Sociedades deben presentar declaración de beneficiarios finales este mes

La multa mínima por no presentarla es de 1.350.600 colones

El plazo dado por las autoridades para que las sociedades jurídicas completen el Registro de Transparencia y beneficiarios finales (Decreto 41040) vence este 31 de enero.

¿De qué se trata? Como parte de la Ley 9416 para mejorar la lucha contra el fraude fiscal, las sociedades anónimas, las de responsabilidad limitada, las sociedades de nombre colectivo, en comandita, las sociedades extranjeras, las empresas individulaes de responsabilidad limitada y las sociedades civiles, deben llenar un extenso formulario donde se indique toda la información de la conformación de la organización, la información de cada socio, las acciones y los beneficiarios finales.

“Estos datos deben ser verídicos, sin errores y vigente, porque hay un compromiso legal de por medio en cada declaración. Además debe ser completada por el presidente o gerente, o en dado caso, una persona con un poder especial otorgado ante un notario público. Es decir, es un proceso complejo”, comentó Ana Isabel Borbón, abogada litigante de Actualidad Tributaria.

Para Borbón, no es un proceso que deba dejarse para último momento, sin embargo, han recibido a muchos apoderados que no han completado el registro y no saben muy bien cómo es el proceso.

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Además, aseguró que no deberían confiarse de la moratoria que se intenta tramitar en el Congreso, pues aunque se aprobara, no daría tiempo para aplicarla antes del 31 de enero.

Altas multas

De acuerdo con la experta, si la sociedad no presenta la declaración antes del 31 de enero, se le impondrá una multa del 2% de los ingresos brutos del periodo anterior, con un mínimo de tres salarios base como multa. Recordó que hay que tomar en cuenta que el salario mínimo a partir de este mes es de 450.200 colones, es decir, la multa mínima es de 1.350.600 colones.

Para evitarlo, quienes aun no están al día pueden recurrir a profesionales que estén debidamente inscritos y tengan firma digital para que les ayuden.

“La contratación de un profesional para realizar este requisito definitivamente es menos costoso que una multa mínima, por lo que le sugerimos a los dueños de sociedades que lo hagan”, afirmó Borbón.

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