
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), invita a las micro y pequeñas empresas (mipymes) a no dejar pasar el plazo del 4 de diciembre de 2025 para registrarse o renovar su Condición Pyme, y así acceder a la exoneración del Impuesto a las Personas Jurídicas 2026, otorgado por el Ministerio de Hacienda conforme a la Ley N.º 9428.
Las empresas pueden verificar el estado de Condición Pyme en el siguiente enlace: https://www.meic.go.cr/tramites-y-servicios/pymes-activas/
El trámite puede realizarse en línea mediante el Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC), disponible en www.siec.go.cr, completando el formulario digital correspondiente, el cual tiene valor de declaración jurada, por lo que la información suministrada debe ser veraz y exacta, ya que la persona que declara asume la responsabilidad legal sobre los datos proporcionados.
Ricardo Carvajal Alpírez, director de Digepyme, hace un llamado para que las Pymes no se olviden de renovar:
Atención pymes, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio desea recordarles a todas aquellas pymes que tengan su registro vencido o próximo a vencer antes de este 31 de diciembre del presente año, que tramiten su renovación antes del 4 de diciembre, esto con el fin de evitar complicaciones en la aplicación de la exoneración del impuesto de personas jurídicas que aplica el Ministerio de Hacienda.
Qué necesitan para el trámite
Para dicho trámite, se deben cumplir dos de los tres siguientes requisitos:
- Estar al día con las cargas sociales ante la CCSS.
- Estar al día con sus obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda.
- Contar con el seguro de riesgos del trabajo vigente.
También puede realizarse el trámite de forma presencial en las oficinas centrales del MEIC, ubicadas en Llorente de Tibás, Oficentro ASEBANACIO, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
El MEIC recuerda
El beneficio de exoneración aplica para micro y pequeñas empresas registradas ante el MEIC y para los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el MAG.
El MEIC recuerda que, aunque después del 4 de diciembre se seguirán recibiendo solicitudes de Registro Pyme, estas no se tomarán en cuenta para la exoneración del impuesto del 2025. Las empresas que ya cuentan con su registro pyme vigente no deben realizar ningún trámite adicional: la exoneración se aplicará automáticamente.
Esta exoneración fiscal es uno de los beneficios que reciben las empresas registradas como pyme ante el MEIC.
El Registro Pyme es gratuito, voluntario y tiene una validez de cuatro años.
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