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Dirección General de Aduanas impide importar o exportar a morosos con Tributación

Experto asegura que es una afrenta a la libertad de comercio, el derecho al trabajo y un exceso no previsto en la ley

Quienes importen o exporten productos deberán estar al día con el pago de sus obligaciones tributarias y obrero patronales, si quieren continuar con el proceso de sus mercancías.

Así lo informó el Ministerio de Hacienda a través de un comunicado de prensa, una resolución que para Raymundo Volio, experto en derecho tributario de Actualidad Tributaria, es una clara afrenta a la libertad de comercio, el derecho al trabajo y un exceso no previsto en la ley.

“Recientemete podemos consultar la situación tributaria de los contribuyentes en la página de Hacienda, pero esa información está sesgada, ya que se incluyeron supuestas deudas ante Tributación que están pagadas y otras de plazos mayores a los de la prescripción. He visto muchos ejemplos de supuestas deudas de hace más de 10 años que se registran en esa base de datos y que los contribuyentes obviamente no tienen sus soportes documentales, y ello obligaría a realizar una gestión ante la Dirección Genera de Tributación que demora varios meses en su solución”, explicó Volio.

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El experto añadió que esto vendría a afectar toda exportación e importación de bienes, justo en el arranque de la temporada navideña, pues el comunicado incluye además de los importadores y exportadores, a los auxiliares de la función pública aduanera, es decir, agencias aduanales que son los responsables de colaborar con la actividad fiscal del Estado.

Información será verificada

El sistema informático Tecnología de Información para el Control Aduanero, será el encargado de verificar esta información y procederán a impedir la gestión de importar o exportar sus bienes.

Hacienda también afirmó a través del comunicado, que se fundamenta en la Ley de Fraude Fiscal. Sin embargo, de acuerdo con Volio, los artículos 18 bis y 131 bis de la misma Ley, son los que regulan la prohibición de contratar con el Estado si existen deudas pendientes y para eso se facilita la creación de una plataforma de consulta pública, diferente de lo que se está tratando en este caso al excederse en los alcances previstos en la ley.

“Limitar el derecho a la libertad de comercio no es una solución al fraude fiscal o los atrasos que pueda tener una empresa con la administración tributaria. Esto mataría a un comerciante y no le permitiría recuperarse, si es que tuviera alguna deuda. La situación fiscal del país no está para tomar acciones arbitrarias que vendrían a afectar a muchos importadores y/o exportadores a desarrollar su actividad”, comentó Volio.

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